Constituye una categoría de análisis fundamental para la política, el pensamiento y la historia de las mujeres.
Victoria Sau (1989: 237) ha definido el patriarcado como una toma de poder histórica por parte de los hombres sobre las mujeres cuyo agente ocasional fue de orden biológico, si bien elevado éste a la categoría política y económica. Dicha toma de poder “pasa forzosamente por el sometimiento de las mujeres a la maternidad, la represión de la sexualidad femenina, y la apropiación de la fuerza social de trabajo total del grupo dominado, del cual su primer pero no único producto son los hijos”.
Gerda Lerner (1989: 239) lo ha definido, en sentido amplio, como “la manifestación e institucionalización del dominio masculino sobre mujeres y niños(as) en la familia y la extensión del dominio masculino sobre las mujeres a la sociedad en general”.
Sylvia Walby (1986: 51) ha definido el patriarcado como “un sistema de estructuras sociales interrelacionadas a través de las cuales los hombres explotan a las mujeres”.
Celia Amorós lo define como un pacto entre varones interclasista, en el que se apropian del cuerpo de las mujeres, como propiedad privada. Sostiene textualmente: “Podría considerarse al patriarcado como una especie de pacto interclasista, metaestable, por el cual se constituye en patrimonio del genérico de los varones en cuanto se auto-instituyen como sujetos del contrato social ante las mujeres –que son en principio las “pactadas”. Esto dicho así es muy esquemático […] Pero en principio el patriarcado sería ese pacto –interclasista- por el cual el poder se constituye como patrimonio del genérico de los varones. En ese pacto, por supuesto, los pactantes no están en igualdad de condiciones, pues hay distintas clases y esas diferencias de clases no son ¡ni mucho menos! Irrelevantes. Pero cabe recordar, como lo hace de forma muy pertinente Heidi Hartmann, que el salario familiar es un pacto patriarcal entre varones de clases sociales antagónicas a efectos del control social de la mujer” (Amorós, 1994: 27).
Hartman (1979) avanza hacia una definición de patriarcado con las siguientes consideraciones: “ es un conjunto de relaciones sociales que tiene una base material y en la cual hay relaciones jerárquicas entre los hombres y solidaridad entre ellos, lo que les permite dominar a las mujeres. La base material del patriarcado es el control de los hombres sobre las mujeres, en la esfera de la producción, negando el acceso a las mujeres a los recursos productivos económicamente necesarios y restringiendo su sexualidad”.
La autora va a analizar la relación patriarcado y capitalismo en el contexto del proceso de desarrollo capitalista y la industrialización en el Siglo XIX planteando las tensiones que se producen entre hombres y capitalistas acerca del empleo de la fuerza de trabajo de la mujer. “Una forma en que este conflicto podría manifestarse” – va a decir Hartmann – es que “la mayoría de los hombres desearían que sus mujeres permanecieran en el hogar y los sirvieran personalmente (subordinación sexual = patriarcado) mientras que un menor número de hombres que son capitalistas, quisieran que la mayor parte de las mujeres (no las suyas) se incorporen al mercado laboral”. Esto lleva a la relación de mutua legitimación/desligitimación entre el capital y el patriarcado (el lugar de la familia, la autonomía de las mujeres, la competencia en el mercado laboral). Lo cierto es que tanto el capital como el patriarcado son lo suficientemente “flexibles” como para ir adaptándose a los cambios que uno y otro sistema van sufriendo. La relación entre capitalismo y patriarcado hace que sea imposible hablar de un capitalismo puro o de un patriarcado puro, ya que los dos deben coexistir necesariamente. El ejemplo histórico que la autora va a desarrollar es el caso del llamado “salario familiar” durante el siglo XIX, por medio del cual el trabajador retenía los servicios de la esposa en el hogar, lo que resultaba en una provechosa alianza entre capitalismo y patriarcado; la mujer ganaba un salario mas bajo que el varón y perpetuaba así las ventajas materiales del hombre sobre la mujer, al tiempo que ésta seguía ocupándose de las tareas domésticas que beneficiaban directamente al hombre. El trabajo doméstico, por consiguiente, no sólo procura beneficios para el sistema capitalista, sino también a los hombres. Ello mostraría cómo el patriarcado se adapta al capitalismo. De allí la enorme “flexibilidad” entre ambos: el patriarcado, al establecer y legitimar una jerarquía entre los varones, refuerza el control capitalista, y los valores capitalistas configuran la definición de utilidad patriarcal. Por ellos ambos se favorecen de la alianza, lo que permite explicar la opresión de las mujeres en tanto trabajadoras y en tanto que mujeres.
En la base de la categoría patriarcado hay dos conceptos y dos instituciones muy importantes para la vida y la historia de las mujeres. Uno es el de heterosexaulidad obligatoria; el otro, el de contrato sexual. Dos conceptos estrechamente vinculados entre sí, dos instituciones necesarias para la continuidad misma del orden socio-simbólico patriarcal.
En cuanto al concepto de contrato sexual, dice Riveras Garretas (1994:74,75) “he dicho que los sistemas de parentesco en cuanto tales no tienen por qué ser causa de subordinación. Lo son cuando se fundan en el contrato sexual. El contrato sexual sería, según Carole Pateman, el pacto entre hombres –o entre algunos hombres- sobre el cuerpo de las mujeres. Un pacto desigual y, seguramente, no pacífico, porque no sería un acuerdo libre entre mujeres y hombres. Un pacto siempre implícito, que es esencial para entender el patriarcado, el género, la subordinación social y el desorden simbólico en que vivimos las mujeres en cualquier época histórica de predominio masculino. El contrato sexual es, pues, previo al contrato social en las formaciones patriarcales. Es, por tanto, previo a la aparición de las desigualdades en las relaciones de producción que determinan la pertenencia de clase de las personas; lo cual supone, para las mujeres, la incorporación a una clase social en condiciones marcadas siempre por la subordinación, una subordinación que ahora describimos con la obscura frase: “en razón de su sexo”. El contrato sexual comporta, para las mujeres, una pérdida muy importante de soberanía sobre sí y sobre el mundo. Una soberanía que se refiere a las funciones que su cuerpo tiene capacidad de desempeñar en la sociedad y también a las codificaciones simbólicas que definen lo que el sexo femenino es en la cultura de que se trate”.
Prosigue Riveras Garretas (1994:75,76) “íntimamente relacionadas con la institución del contrato sexual están la práctica y la institución de la heterosexualidad obligatoria. Se trata de una institución necesaria para la continuidad del patriarcado. Es una institución que afecta a hombres y a mujeres mediante el recurso a la definición y, por tanto, a la limitación de los contenidos de su sexualidad. La heterosexualidad normativa como eje de las relaciones de parentesco expresa la obligatoriedad de la convivencia entre hombres y mujeres en condiciones de la tasa de masculinidad / feminidad numéricamente equilibrada. La práctica y la institución “heterosexualidad obligatoria” expresan asimismo la imposición sobre las mujeres del modelo de sexualidad reproductiva como único modelo que ella deben conocer y practicar: que ellas deben, pues, hacer propio. Este modelo comporta la definición del cuerpo femenino –nunca del cuerpo masculino- como un cuerpo violable, un cuerpo idealmente siempre accesible para los hombres.
La categoría género es una herramienta cuyos antecedentes se encuentran en Simone de Beauvoir quien, en El Segundo Sexo plantea que las características humanas consideradas “femeninas” son adquiridas por las mujeres mediante un complejo proceso individual y social, en vez de derivarse “naturalmente” de su sexo. Así, la afirmación realizada en 1949: “Una no nace mujer, sino que se hace mujer”, es entendida por muchas feministas como la primera declaración célebre sobre el género.
Alrededor de la década del 70, las feministas académicas anglosajonas comenzaron a sistematizar la intuición intelectual de De Beauvoir acuñando el término “género” para referirse a la construcción cultural y social de los comportamientos, actitudes y sentimientos de hombres y mujeres. El término se volvió moneda corriente entre las y los anglosajones, no así en países europeos. Este predominio anglosajón se explica por el hecho de que la acepción generalizada en inglés del término –gender- es unívoca: implica una clasificación relativa al sexo. En cambio en las lenguas romances posee múltiples acepciones.
El concepto género pretendía ponerle fin a las explicaciones derivadas de las determinaciones biológicas y poner el eje en la construcción cultural de la diferencia entre los sexos. Por ello, la teoría feminista va a llevar a cabo una primera distinción entre sexo y género, dicotomía que remitía a la ya desarrollada entre naturaleza y cultura. Género se transformó, entonces, en un instrumento fundamental de la teoría y la práctica feminista, dado que ponía en discusión las teorías esencialistas. Se entiende por sexo las diferencias anatómicas y fisiológicas, en tanto género se reservó para la elaboración cultural acerca de lo femenino y lo masculino.
La historiadora Joan Scott escribió un influyente artículo sobre el género como categoría útil para el análisis de la historia, reflexionando acerca de los distintos significados del término en las diversas lenguas y la variación de los sistemas de género en diferentes lugares, épocas y culturas. El género como categoría analítica se convirtió en un importante instrumento de análisis dado que es un concepto constitutivo de la desigualdad de las relaciones sociales por sexo y denuncia las relaciones de poder. Para Scott “la definición reposa sobre una conexión integral entre dos proposiciones: el género es un elemento constitutivo de la relaciones sociales basadas en las diferencias que distinguen los sexos y el género es una forma primaria de relaciones significantes de poder” (en Lamas -comp.-1997:289).
Gayle Rubin escribió su célebre texto “Tráfico de mujeres: notas sobre la economía política del sexo” (1975).Este importante artículo parte de plantear que la condición de macho o hembra comporta muchas necesidades en común: comer, dormir, y defecar, la vulnerabilidad del sujeto al nacer dado que nace con “incompletud” y que se reedita en la ancianidad llegando a la conclusión que la “diferencia” no surge de una oposición dado que no existe en la condición de la naturaleza.
Son las elaboraciones de género construidas socialmente las que marcan la diferencia. La construcción social privilegia aquellos aspectos de la diferencia corporal que se necesitan para la reproducción humana. La autora acuña el concepto de sistema sexo/género para referirse a los modos en que la materialidad del sexo es convertida por las relaciones sociales desiguales en un sistema de prohibiciones, obligaciones y derechos diferenciales para hombres y mujeres. Explica Marta Lamas (1996:13): “Rubin se planteó que, para empezar a desenmarañar por qué las mujeres se convierten en las presas (en los dos sentidos de la palabra) de los hombres, hay que analizar esa parte de la vida social que es el locus de la opresión de las mujeres, de las minorías sexuales y de algunos aspectos de la personalidad humana: el sistema sexo/género”.
La autora desmenuza los textos de la antropología y el psicoanálisis para ver cómo se produce el sistema sexo/género y propone una construcción parecida a la que hace Carlos Marx en El Capital al analizar la mercancía para poder así deconstruir la evolución del intercambio sexual. Así, parafraseando a Carlos Marx, Gayle Rubin se pregunta: “¿qué es una mujer domesticada?. Una hembra de la especie. Una mujer es una mujer. Sólo se convierte en doméstica, en esposa, mercancía, conejita de Playboy, prostituta o dictáfono humano en determinadas relaciones”; y agrega “fuera de esas relaciones no es la ayudante del hombre igual que el oro en sí no es dinero”.(Lamas 1996: 36).
De esta manera define que “un sistema de sexo/género es el conjunto de disposiciones por el que una sociedad transforma la sexualidad biológica en productos de la actividad humana, y en el cual se satisfacen esas necesidades humanas transformadas” (Lamas 1996:37).
(1) Mimeo realizado para el trabajo en cursos y seminarios.
Bibliografía:
Amorós, Celia: “Feminismo: Igualdad y diferencia”.Capítulo I. (1994) PUEG-Programa Universitario de Estudios de Género- Universidad Nacional Autónoma de México.
De Miguel, Ana: “Los feminismos a través de la historia”.Publicado en Creatividad Feminista. Marzo-Junio de 2002.
Hartman, Heidi: “El infeliz matrimonio entre marxismo y feminismo: hacia una unión más progresista”. (1983) Texto que integra la bibliografía del curso de formación a distancia “Las fisuras de la teoría: El género en perspectiva” desarrollado por la CLACSO, 2003.-
Lamas, Marta(compiladora): “El género: la construcción cultural de la diferencia sexual”. (1996) PUEG-Programa Universitario de Estudios de Género-Universidad Nacional Autónoma de México.
Riveras Garretas, María Milagros: «Nombrar el mundo en femenino. Pensamiento de las mujeres y teoría feminista». (1994) Icaria. Barcelona.
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