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Se aprobó la ley de identidad de género




En declaraciones al programa radial Radioactivas del 25 de junio de 2011, Lohana Berkins, activista feminista travesti, sintetizó los puntos más importantes del proyecto de ley. “Hemos mantenido el tema de la gratuidad, de todos los trámites; le hemos quitado todo vicio de patologización o de criminalización de la identidad travesti; incorporamos las intervenciones quirúrgicas, totales o parciales, en el sistema público”.


Berkins resaltó además que la iniciativa busca evitar todo tipo de definiciones. “Esto es porque el travestismo, la transexualidad, la transgeneridad es entendida en una multiplicidad de formas y en una variedad de modos y de expresiones. Entonces, nosotras y nosotros no hemos insistido con una definición cerrada porque esto puede prestar a que muchas personas, compañeras y compañeros, queden por fuera de este beneficio“.


Existen otras universidades nacionales que han tratado y puesto en consideración planteos similares al de la UNCo. y que si bien tienen alcance en el ámbito universitario, no dejan de aludir en sus considerandos a la necesaria efectivización de los derechos de todos, todas y todxs, con la sanción de la ley.


Queda un largo camino por transitar, porque como nos dijera Lohana Berkins “la ley es un punto de partida y no de llegada. Es la llave que abre la puerta para una real democracia, un real sentido de ciudadanía. Es equiparar a un sector de la ciudadanía en su reconocimiento pleno de ciudadanía”.


Por su parte, Diana Maffía, entrevistada también en Radioactivas, el 5 de mayo de 2012, anticipaba sobre la inminencia de la votación favorable y nos decía: “Es un cambio hacia la autonomía de las personas, más relevante que la ley de matrimonio igualitario desde mi punto de vista, en cuanto a la dignidad.


El matrimonio igualitario, primero es la ampliación de un derecho, poco demandado, es una institución un poco anacrónica. Dar igualdad a un bien social, permite legitimar muchas convivencias permitir al cuestión de adopción, co-maternidad o co-paternidad.


Pero este derecho implica despatologizar la identidad de género. La persona no tiene que decir tengo disforia de género, soy patológicamente enferma por lo que necesito el auxilio de la medicina. Y el juez va a decir si realmente estoy tan enferma como digo. Y eso lo va a constatar un médico y un psiquiatra. Entonces la identidad la determina el reconocimiento de un desajuste entre el género asignado y el cuerpo que va a ser considerado patológico y enfermo.


¿Quién va a decir cuál es el género me corresponde? Un médico o un psiquiatra. Acá creo que hay cosas un poco deficientes porque una persona a quien se le asignó el género masculino va a poder tomar una identidad de género femenina, y viceversa, seguimos con las propias normas alimentando un dualismo, dicotómico con respecto a las identidades que nos impide acceder a una complejidad en la apreciación de lo que es el sexo, el género, las relaciones intra-genéricas, inter-genéricas, las muchísimas expresiones de las corporalidades, de las identidades de género, del erotismo, la afectividad y los vínculos que se puedan establecer. Donde muchas de estas taxonomías o clasificaciones nos quedan cortas.


La única alternativa a la heterosexualidad no es la homosexualidad. Recuerdo cuando una travesti me contó que se enamoró de una lesbiana y me preguntaba “¿eso que es heterosexual u homosexual?”, y la verdad es que no sabía como clasificarlo. Homosexual, heterosexual, bisexual no alcanza para cubrir todas las posibilidades afectivas o eróticas que las personas puedan tener.


Estamos en un momento de mucho cambio. Este cambio en la identidad me permite hacer un cambio drástico, pero a demanda de la propia persona, sin patologizar la identidad, como un trámite administrativo, no tengo que pedirle permiso al juez, al médico o al psiquiatra, sin peritajes, es decir que no hay nadie más experto que yo en mi propia identidad. Eso me parece una modificación en la dignidad y autonomía de las personas, tengo mucha esperanza en que la ley se vote y que el derecho se ejerza.


Cuando se hacía el pedido de reconocimiento de identidad, se alegaba patología, el médico y psiquiatra constataban, se concedía el cambio de género, pero te obligaban a cambio de sexo. Si tu cuerpo no va con tu subjetividad, no alcanza con el reconocimiento de identidad te obligo a que tu cuerpo sea adaptado a tu identidad, porque siempre el cuerpo tiene que ir con un género, la genitalidad y el género.


La ley de identidad da la posibilidad de modificaciones corporales, pero no obliga. Cada sujeto va a construir su identidad y su modo de vincular su cuerpo con su género y su expresión de género, personal y puede o no hacer una intervención quirúrgica.


A quienes nos adecuamos a las expectativas no se nos pide nada, y a quien dice mi identidad es otra, me han asignado algo que me resulta lesivo, a ése además lo castigamos pidiéndole pruebas, y sometiéndolo a los saberes hegemónicos”.


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