El ISSN cubre al 100% la práctica del aborto

La obra social provincial creó un programa de “Atención Integral en Interrupción Voluntaria y Legal del Embarazo (IVE/ILE)” para garantizar la cobertura total de los abortos contemplados en la Ley Nacional 27.610.

Pegatina en Neuquén sobre la ley 27.610

Casi dos años después que el Congreso aprobara la Ley 27.610 que legaliza la Interrupción Voluntaria del Embarazo y establece que todos los sectores que integran el sistema de salud (sistema público, obras sociales y prepagas) deben garantizar la práctica, el Instituto de Seguridad Social del Neuquén (ISSN) estableció la cobertura al 100% de las IVE/ILE.

La interrupción voluntaria del embarazo (IVE) hace referencia al derecho al aborto con la hasta la semana 14 de gestación, inclusive. El único requisito es la solicitud sin tener que dar motivos ni explicaciones de la decisión. La interrupción legal del embarazo (ILE) refiere al derecho al aborto si el embarazo es producto de una violación, o si está en peligro la vida o la salud de la persona que necesita abortar. La ILE estaba establecida -antes de la Ley 27.610- por el artículo 86 del Código Penal y lo dispuesto por el fallo FAL.

La cobertura del ISSN queda dispuesta por la resolución 681/22 del 28 de septiembre de este año, que crea el programa especial de “Atención Integral en Interrupción Voluntaria y Legal del Embarazo (IVE/ILE)”.

En los fundamentos se explica que entre “el 4,75% y el 13,2% de las muertes maternas a nivel mundial son producto de abortos ilegales e inseguros; al menos 22.800 mujeres mueren por esta intervención al año. En Argentina, se realizan entre 370 y 522 mil interrupciones de embarazo al año y es causa de las principales fuentes de muerte materna”.

Conscientes que la clandestinidad no impide los abortos y ante la inacción del estado, hace más de 10 años organizaciones como La Revuelta y Socorristas en Red realizan acompañamientos de abortos seguros, desde allí empujaron la sanción de la normativa que reconoce el derecho a abortar. Hoy, con un nuevo piso de posibilidades, los acompañamientos amorosos, cuidados, colectivos, siguen.

 

¿Qué cubre ISSN?

La cobertura está destinada a “mujeres y personas con capacidad de gestar afiliadas del ISSN a partir de los 13 años de edad que requieran IVE/ILE. En el caso de requerir la interrupción y se menor de 13 años, se evaluará según artículo N°8 de la Ley de referencia (Ley N° 27610)”.

Las prestaciones reconocidas son: consultas médicas, ecografía, exámenes de laboratorio,  prestación farmacológica (misoprostol), internación, ecografía post aborto y consulta médica final (que incluye control y consejería en anticoncepción)

También se establece que la prestación la pueden realizar tanto profesionales médicos generalistas como ginecológicos. Podrán realizar la práctica de aborto con medicamentos en forma ambulatoria según la Guía Nacional “Protocolo para la atención de las personas con derecho a la Interrupción Legal del embarazo 2019” y podrían realizar AMEU (aspiración manual endouterina) si trabajan en una institución con hospital de día o internación. En tanto, los/las ginecólogos/as podrán realizar la práctica sin límite de técnicas, sea con medicamentos o quirúrgico; y lo quirúrgico tendrá que ser en lo posible AMEU que es la técnica validada por las evidencias. Es decir, desaconseja los legrados tal las indicaciones de la Organización Mundial de la Salud.

Desde la obra social se explicó que les profesionales que integren el programa cobrarán un incentivo, buscando así evitar cualquier tipo de cobro extra ante la consulta por aborto. 

En la Casa de la Prevención, ubicada en Santiago del Estero 44 de Neuquén Capital, se puede solicitar más información, como así también al teléfono 299-4430108 o al mail casadelaprevencion@issn.gov.ar.

El programa de atención integral de IVE/ILE representa un enorme avance en la lucha por hacer vivir la ley 27.610, posibilitando el acceso al derecho al aborto legal a miles de afiliades en toda la provincia. 

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